martes, 11 de noviembre de 2014

Conflictos éticos frecuentes en Atención Primaria: Confidencialidad

El ámbito de trabajo de los profesionales de AP es reducido, y ademas como el propio nombre de la especialidad indica, somos los médicos de la familia. Y también del vecino, del primo, etc... Y no solo eso, sino que si además trabajamos en localidades de tamaño medio es muy posible que gran parte del personal sean vecinos de la propia localidad (celadores, administrativos, auxiliares, enfermería, médicos y también el personal de limpieza del centro).


En nuestras consultas vecinas hay compañeros pasando consulta ante pacientes que pueden ser conocidos del que esta dentro de la nuestra y oír la conversación que mantenemos, en las sala de reuniones del centro de salud se comentan casos clínicos o situaciones comprometidas de algunos pacientes y hay que tener en cuenta quien nos esta escuchando. Hay familiares que nos solicitan información sobre pacientes sin que estos esten presentes


Esa es la parte sencilla, que tan solo con ser precavidos y tener presentes esas relaciones y quien es el dueño de la información, son fáciles de evitar. Pero ¿que ocurre cuando nos encontramos ante un conflicto que enfrenta a dos de nuestros pacientes?. Vamos a poner un caso y espero reflexiones en vuestros comentarios que después recopilaremos y analizaremos para dar respuesta en la próxima entrada:


"Se trata de un paciente de 45 años, camionero de profesión que se dedica a realizar viajes de larga distancia, con periodos largos fuera de su domicilio. está casado con dos hijos Su mujer también es paciente nuestra y es quien acude habitualmente a la consulta para solicitar alguna analítica de control del marido y ver sus resultados, así como recetas puntuales ya que los horarios de el  son poco compatibles con nuestra consulta.


En esta ocasión acude solo a la consulta y nos refiere que mantiene ocasionalmente relaciones extra-matrimoniales en sus viajes y que recientemente ha descubierto que una de estas parejas, siempre diferentes aunque localizables ha dado positivo en la prueba del VIH, por lo que nos solicita la realización de la prueba.


En su caso el resultado es positivo y se le plantea que seria necesario realizar un cribado de todos sus contactos sexuales, comenzando por su mujer, además de la utilización de medios de protección y los controles que precise la infección en su caso.


El paciente acepta informar a los contactos extra-maritales, pero no así a su mujer, comentando además que tampoco utilizará preservativo en sus relaciones ya que nunca lo ha usado y eso despertaría sospechas. 

Ante esta respuesta se le plantea que su mujer tambien es nuestra paciente y que si no es el quien informa a lo mejor nos vemos obligados a informarla nosotros y el nos responde amenazandonos con una denuncia por vulneración de la confidencialidad"

Se plantean varias preguntas ante este caso que podríamos resumir en dos:

  • ¿La confidencialidad es absoluta o hay supuestos en los que estamos obligados o podemos vulnerarla?

  • ¿Cual debe ser nuestra actitud con este paciente?




 

5 comentarios:

  1. Hola Jesus.
    He encontrado una respuesta documentada a una pregunta similar planteada en la web de Murciasalud, la adjunto porque me parece interesante (en 3 partes nº de caracteres limitados):

    "En las Guías de Práctica Clínica localizadas sobre diagnóstico, valoración y prevención de la infección por VIH no se han encontrado recomendaciones desde la perspectiva de la Bioética.

    La guía de tratamiento de enfermedades de transmisión sexual de los CDC, actualizada en el año 2002 1 sobre la notificación a las parejas de los casos detectados (entendiendo como parejas tanto los contactos sexuales , como personas que han compartido ,por ejemplo, jeringuillas) recomienda:

    La notificación a los contactos sexuales, debe ser realizado por la autoridad local de salud o del estado, asegurando la confidencialidad y siempre acompañado de consejo de salud.
    De forma específica para la infección por VIH; la notificación a los contactos en la infección de VIH deber ser confidencial y depende de la cooperación voluntaria del paciente.
    Pueden ser utilizadas dos vías complementarias para identificar a los contactos sexuales: información del paciente e información del proveedor de cuidados. En la información del paciente, éste informa directamente a sus contactos de su exposición al virus VIH. Con la del proveedor, personal entrenado del departamento de salud localiza a los contactos en base a la información facilitada por el paciente. Durante el proceso de notificación es protegida la confidencialidad del paciente: su nombre no es revelado a los contactos cuando se les notifica. Muchos departamentos de salud del estado proporcionan, de forma paralela a la notificación, asistencia.
    No se aborda,pues, el problema concreto de la comunicación a la pareja habitual del paciente....."

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  2. ".....La revista Medicina Clínica publicó en el año 2002, dentro de una serie de Bioética para Clínicos, un artículo con varios escenarios clínicos, que incluye una situación similar a la expuesta en esta pregunta2. Así el caso clínico C de este artículo, describe a un paciente diagnosticado recientemente de infección por el VIH y que rechaza que su pareja estable sea informada de esta circunstancia.Tras revisar el marco ético, jurídico-normativo y deontológico de la confidencialidad en la relación médico paciente, se expone una resolución posible de los diversos casos clínicos. Para este se propone como estrategia (aunque no necesariamente en este orden):

    "Reconocer de manera empática la difícil situación en la que se encuentra el paciente. Adoptar una estrategia exploratoria y no prejuzgadora.
    Aprovechar el marco de la relación clínica y la necesidad de seguimiento que supone el control de la seropositividad. No querer hacer todo en un solo encuentro. Sí explicitar el problema moral que sufre el médico, sobre todo si el paciente demanda un compromiso explícito de no revelación. Se debe clarificar que existe una obligación primaria de preservar la confidencialidad, que se va a respetar, y que no se va a correr a alertar a la mujer a renglón seguido, pero que se trata de un problema que hay que abordar juntos. El objetivo inmediato debe ser la provisión de medidas de protección más que la inmediata comunicación del problema a la esposa. Sin embargo, conviene recordar que ésta podría haberse infectado ya, por lo que antes o después precisará de atención sanitaria.
    Promover con energía la comunicación de la información a la mujer por parte del paciente mismo, no con un discurso de recriminación sino con el ofrecimiento del apoyo efectivo oportuno para facilitar esta comunicación. Recalcar que por el hecho de ser su médico estamos dispuestos a ofrecer todo el apoyo que sea conveniente, incluyendo la intermediación en el marco de una consulta conjunta u otros apoyos psicoemocionales o de terapia de pareja.
    Ante la persistencia de una negativa por parte del paciente, tras haber revisado y agotado todas las opciones en un período razonable y prudente (¡el tiempo de «espera» es tiempo sin tratamiento para la esposa en caso de que lo necesitara!), el médico puede formular su decisión, en conciencia, de informar a su mujer si él no lo hace, por ceder el principio de autonomía que fundamenta el deber de confidencialidad para con el paciente, ante el principio de no maleficencia, que insta a prevenir el daño a la mujer. Hay que valorar y tratar de evitar un "efecto dominó" en el que se pierda la relación clínica, repercutiendo también en la salud pública en función del conocimiento que tengamos de la biografía, las prácticas de riesgo y la situación social del paciente.
    En caso de cambio de médico por parte del paciente, el facultativo deberá valorar si informa al nuevo médico compartiendo con él el problema de la confidencialidad y si contactan con la mujer"."

    Mii opinión:a las preguntas que planteas es la siguiente, así como no creo en los absolutismos tampoco creo en la confidencialidad absoluta y en este caso yo "vulneraria" el deber de confidencialidad anteponiendo los pricipios de NO MALEFICENCIA para con la esposa, en terminos de prevencion de enfermedad y de BENEFICENCIA para el paciente, en terminos de tratamiento, aunque éste no lo entienda, y dejaría claro que en ningun caso, amenaza alguna, deberia limitarnos el deber y el derecho de ACTUAR EN CONCIENCIA.
    Pero esto es sólo una opinión.

    Saludos,
    América Pujades

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    1. Creo que despues de tan EXCELENTES comentarios no es necesaria la entrada prevista como respuesta a las preguntas en el blog.

      Totalmente de acuerdo y como digo era el contenido de la siguiente entrada

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    2. Totalmente de acuerdo, y en este caso, después de agotar todos los cauces, seria mi conciencia la que me llevaría a actuar

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  3. Yo también estoy de acuerdo con las conclusiones de América. En nuestra sección de formación hay una presentación con un caso similar que elaboramos Maru Capriles y yo para Clinifam del año pasado y que también expusimos en la sede. Es el de "Confidencialidad. Taller con caso clínico". Vicenta.

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