jueves, 28 de marzo de 2013

Libertad de prescripción

Se ha publicado en el DOGV un DECRETO LEY 2/2013, de 1 de marzo, del Consell, de Actuaciones Urgentes de Gestión y Eficiencia en Prestación Farmacéutica y Ortoprotésica.

  http://www.docv.gva.es/datos/2013/03/05/pdf/2013_2375.pdf

El motivo de publicación de este decreto es la regulación de la prescripción de medicamentos por los facultativos en tiempos de crisis. La argumentación refleja que la prescripción ha de ser responsable y basada fundamentalmente en criterios de eficiencia, centrando el objetivo en coste-eficiencia.

Para lograrlo, plantean la elaboración de unos algoritmos de prescripción elaborados por grupos de expertos en fármaco-economía escogidos por la Conselleria, que serán de obligado seguimiento por parte de los facultativos a la hora de prescribir nuevos fármacos  e incluso de los ya prescritos. En caso de querer recetar algo no incluido en el algoritmo se deberá rellenar un informe de excepción que será valorado y cuantificado en el sistema informático.

La pregunta que nos planteamos aquí es ¿Debe existir libertad absoluta de prescripción por el médico? ¿Esa libertad de prescripción conlleva la financiación por parte de la administración de los diferentes fármacos aprobados o solo de aquellos que se consideren como primera opción en algoritmos elaborados  por la propia administración?   

Desde la Organización Médica Colegial se elaboró un propuesta en 2011 sobre el tema (https://www.cgcom.es/documentacion_manifiestos_propuestas) en la que la Comisión Central de Deontología acepta como válidas las diferentes acciones emprendidas por las Administraciones para racionalizar el gasto ya que la libertad de prescripción no es un bien absoluto.

Creemos que es un tema a reflexionar por todos nosotros  y susceptible de un amplío debate .

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